Los verdaderos afectados de la contaminación y de los riesgos climáticos


La coyuntura de esta semana en cuanto a medio ambiente, está supeditada por  los procesos administrativos de las reservas ecológicas, la contaminación del aire en Bogotá y la preocupación acerca de los diferentes inconvenientes con el relleno de Doña Juana, además del posible desbordamiento del río Fucha en la localidad de San Cristóbal.  


(Foto recuperada de El Espacio el día 15 de marzo del 2017)



Análisis

Con las noticias nos damos cuenta que las personas más afectadas en estos casos son aquellas que viven en los estratos 1 y 2 de la capital, al parecer en estos estratos están ubicados por lo general en los lugares más vulnerables, que a su vez se ve reflejado en la presencia administrativa de la Alcaldía.

Sin embargo, está (la Alcaldía) sí se pronunció en el tema de contaminación del aire, pues esta presente en toda Bogotá y nos afecta a todos por igual. Asimismo tenemos la tala de árboles en el Humedal La Conejera que trasciende a la contaminación del aire y las medidas que se toman al respecto, pues no solo se deben cerrar las empresas que contaminan sino que se debe preservar los árboles en humedales y zonas verdes de la ciudad pues estos purifican el aire, nos proveen de oxígeno.

Por otro lado, es preocupante que en un año no se haya solucionado la situación de Vivienda en la localidad de San Cristóbal lo que significa no solo falta de presencia del gobierno sino el incumplimiento del Artículo 54 de la Constitución de Colombia: “Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.” (Constitución Política de Colombia, [1991]. Cap 2)

En este sentido,  podríamos mencionar, que en cuanto a la contaminación del aire, todos los ciudadanos sufren su consecuencia, pero si vemos problemáticas como el relleno de Doña Juana o la crecientes de los ríos, llegamos a la conclusión que la mayoría de la población afectada es de estratos uno y dos. Por lo tanto, solo nos queda decir que las personas con pocos recursos económicos tienen desventajas enormes en cuanto a necesidades, las cuales debería cumplir en su totalidad el Estado según la Constitución del 91.  
Fuentes


- Constitución Política de Colombia, [1991]. Título 2, de los derechos, las garantías y los deberes. Capítulo 2: de los derechos sociales, económicos y culturales. Constitución Política de Colombia website. Recuperado de http://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-2/articulo-51

Entradas populares